google.com, pub-4326504482039492, DIRECT, f08c47fec0942fa0 La Ley Escrita:: diciembre 2025

20- Las Presunciones Forenses: Cómo el Tribunal del Almirantazgo atrapa al Homo Vivo sin pruebas



  Un tribunal moderno no opera basándose en la verdad evidente, sino en la Presunción. Dado que el sistema ha sustituido la Ley de la Tierra (donde se juzgan hechos y daños reales) por la Ley del Almirantazgo (donde se juzgan contratos y ficciones), el juez necesita "puentes" para conectar al Homo Vivo con la Persona Jurídica. Esos puentes son las Presunciones Forenses. Si el acusado no las refuta (Rebut) antes de empezar, el tribunal asume que son ciertas y el juicio ya está perdido antes de empezar.



1. La Naturaleza de la Presunción (Praesumptio Iuris Tantum)


  En Derecho, una presunción es una suposición que la ley tiene por cierta mientras no se pruebe lo contrario.
  El sistema comercial se basa en que tú consientes ser tratado como una corporación, como un deudor y como un incompetente. No necesitan probarlo; simplemente lo presumen y esperan tu silencio.
  A continuación, desglosamos las presunciones más peligrosas que operan en una sala de justicia bajo la jurisdicción marítima/comercial.




2. Las Principales Presunciones del Sistema

      

Presunción de Registro Público:
  El tribunal presume que tú eres la entidad nombrada en el expediente (el DNI/Nombre en Mayúsculas) y que, por tanto, eres propiedad pública del Estado. Si respondes al nombre sin hacer una reserva de derechos, confirmas esta presunción.

Presunción de Servicio Público:
  Se presume que al usar la "Persona", estás actuando como un funcionario público voluntario, sujeto a sus estatutos internos. Si eres un empleado, debes obedecer al jefe (el Juez / Capitán).

Presunción de Juramento (Oath)
  Se presume que has jurado lealtad al Estado y sus leyes, aunque nunca lo hayas hecho conscientemente. Esta presunción se deriva a menudo de la solicitud de documentos (licencias, pasaportes) que contienen cláusulas de adhesión.

Presunción de Incompetencia (Tutela):
  Esta es la más grave. Si contratas a un Abogado (Attorney), el tribunal presume inmediatamente que eres un "incapaz" o "infante" mentalmente, que no puede defenderse a sí mismo. Al aceptar un abogado, entregas tu poder al tribunal y te conviertes en un "pupilo" de la corte (Ward of the Court), sujeto a la decisión del juez.

Presunción de Culpa:
  En la Ley de la Tierra (Common Law, Constitución), eres inocente hasta que se demuestre lo contrario. En el Almirantazgo/Comercial, eres deudor hasta que demuestres que has pagado. Como los tribunales operan buscando deudas, la presunción de base es que existe una obligación pendiente.



El Remedio: Refutar la Presunción



  "El Homo Vivo que entra en el tribunal (o envía un Affidavit previo) declarando su estatus, rechazando ser la Ficción y refutando la jurisdicción, desafía la base misma del procedimiento. Desde la perspectiva del Derecho Natural, sin presunción no debería haber caso, ya que el Almirantazgo carece de jurisdicción sobre la tierra y sobre las almas vivientes, limitándose estrictamente a los contratos."



Reflexión Final


 

  Bajo la lupa del Derecho Marítimo, los tribunales operan funcionalmente como bancos de compensación comercial más que como foros de justicia tradicional. Al entrar, la presunción por defecto es la de un buque deudor atracando en puerto.

  Conocer estas presunciones es la única manera de navegar el proceso sin que el patrimonio sea embargado por una administración que opera, a efectos prácticos, bajo la bandera y las reglas del comercio internacional.



Fuentes y Referencias:


Black's Law Dictionary: Definición de Presumption ("A legal inference or assumption that a fact exists...").

Enlace: https://thelawdictionary.org/presumption/


Reglas Federales de Evidencia (EE.UU.): Regla 301 (Cómo funcionan las presunciones en casos civiles).

Enlace: https://www.law.cornell.edu/rules/fre/rule_301


Canon Law (Derecho Canónico): El origen de las presunciones en el sistema de la Curia Romana (Praesumptio).

19- El AFFIDAVIT de Estatus: La Declaración Jurada de Vida y Verdad en el Comercio


 



 En el mundo del Derecho, el silencio es consentimiento. Si el sistema te trata como a una Persona (entidad corporativa muerta/ficción) y tú no dices nada, aceptas ese rol tácitamente.
  Para romper esa presunción, no basta con quejarse; hay que declararlo formalmente. Aquí entra el instrumento más poderoso del derecho anglosajón y comercial: el Affidavit (Declaración Jurada). Es la herramienta mediante la cual un Homo Vivo comunica su estatus, su vida y su verdad al sistema, bajo pena de perjurio.



1. ¿Qué es un Affidavit? (Ad Fidem)


  La palabra viene del latín medieval Affidare, que significa "declarar bajo juramento" o "dar fe" (Fides).
 Un Affidavit es una declaración de hechos escrita, firmada por un autor vivo (autografiada), y jurada o afirmada ante un notario o fedatario público.


  La Clave: En el Derecho Comercial, "un Affidavit no refutado se convierte en la verdad del caso". No es una simple carta; es un testimonio solemne. Si la otra parte no lo niega punto por punto bajo juramento, el Affidavit se establece como la verdad legal (Juicio por defecto).



2. El Propósito: Refutar la Presunción de Muerte


  El sistema opera bajo la presunción de que el usuario es una "Persona" (el DNI). Como vimos en la Ley Cestui Que Vie, se presume que el beneficiario está perdido en el mar, es decir, muerto desde hace largo tiempo.


  El Affidavit de Status (o de Vida) tiene la función de:


  2.1 Comunicar de forma fehaciente: "Yo soy un hombre/mujer vivo, de carne y hueso, de sangre, no una ficción de papel".
  2.2 Corregir el Registro: Informar a la administración de que se ha asumido un status incorrecto por error o falta de información.

  Es el acto de corregir y salir de la jurisdicción del Almirantazgo (ficción) para situarse en la Ley de la Tierra (verdad).


3. Las 4 Reglas de la Verdad en el Comercio



Según las máximas del Derecho Comercial (Maxims of Commerce), el Affidavit funciona bajo reglas estrictas:

  1. Quien hace la afirmación debe probarla.

  2. Un Affidavit no refutado se mantiene como la verdad.

  3. Un Affidavit no refutado se convierte en el juicio del comercio.

  4. El sacrificio es la medida de la credibilidad (quien jura, arriesga cometer perjurio si miente y en consecuencia, prisión).



Reflexión Final


  El uso del Affidavit no es un "truco mágico" para no pagar deudas; es un acto de responsabilidad suprema. Al emitir uno, estás poniendo tu honor y tu libertad en juego (ya que mentir es perjurio).
  Es la herramienta del Homo Vivo para hablar con voz propia frente a la burocracia. Mientras la "Persona" necesita un abogado que hable por ella, el Hombre Vivo habla por sí mismo mediante su testimonio jurado.



Fuentes y Referencias:


  Black's Law Dictionary: Definición de Affidavit ("A written or printed declaration or statement of facts, made voluntarily, and confirmed by the oath or affirmation of the party making it").

    Enlace: https://thelawdictionary.org/affidavit/


  Biblia (Referencia Histórica): Hebreos 6:16 (El origen del juramento para poner fin a toda controversia).

    Enlace: https://www.biblegateway.com/passage/?search=Hebreos%206%3A16&version=RVR1960


Máximas de la Ley (Maxims of Law): "An affidavit unrebutted stands as truth" (Un affidavit no refutado se establece como verdad).



18- Las Siete Partidas de Alfonso X El Sabio: El gran puente entre Roma e Iberoamérica


Retrato de Alfonso X El Sabio




  A menudo nos preguntamos cómo es posible que las leyes de un imperio desaparecido (Roma) sigan gobernando la vida civil en Buenos Aires, Madrid o Ciudad de México hoy en día. La respuesta tiene nombre propio: Alfonso X "El Sabio".[2][3][5][6][7][8]
  En el siglo XIII, este rey de Castilla no solo reconquistó tierras, sino que reconquistó el Derecho.[3] Con su obra magna, Las Siete Partidas, en aquel entonces las áreas básicas no estaban reguladas y algunos nobles y soberanos entraban en disputa y desacuerdo tales como la propiedad privada o el divorcio, por eso creó el código legislativo más importante de la Edad Media, actuando como el puente definitivo que transportó el Corpus Iuris Civilis de Justiniano hasta el Nuevo Mundo.




1. ¿Qué son Las Siete Partidas?



  Redactadas entre 1256 y 1265, no son simples leyes locales.[3] Son una enciclopedia jurídica humanista que intentaba organizar todo el saber legal de la época.[3]
  Se llaman "Partidas" porque el código está dividido en siete grandes secciones (libros) que abordan desde la Iglesia y los emperadores (Derecho Público) hasta el matrimonio, los contratos y los testamentos (Derecho Privado).[3]

  El acróstico: Curiosamente, la primera letra de cada una de las 7 partidas forma el nombre del rey: A-L-F-O-N-S-O.[3][7]


2. La "Romanización" de Castilla



  Antes de Alfonso X, España se regía por fueros locales y costumbres visigodas rústicas.[3] Alfonso X, rodeado de juristas formados en Bolonia, inyectó el Derecho Romano puro en Castilla.[3]
  Las Partidas copiaron casi literalmente grandes bloques del Digesto romano.[3] Introdujeron conceptos como la Patria Potestad, la distinción entre propiedad y posesión, y la rigidez de los contratos escritos.[3] Fue un acto de "ingeniería social" para centralizar el poder del rey (Estado) frente a los señores feudales, usando el Derecho Romano como herramienta.[3]


3. El Legado en Iberoamérica


  Cuando España llegó a América, llevó consigo Las Siete Partidas.[3] Este código funcionó como la ley supletoria (y a veces principal) en las provincias durante siglos, incluso mucho después de la independencia.[3]
  De hecho, las Partidas estuvieron vigentes en territorios de Estados Unidos (como Luisiana y Texas) hasta el siglo XIX.[3] (incluso en Texas hasta los años 50 del siglo XX hasta que se crea el UCC). El Código Civil actual de muchos países latinoamericanos tiene en su ADN párrafos enteros que pueden rastrearse directamente hasta la pluma de Alfonso X, y a través de él, hasta los juristas de Roma.[3]


Reflexión Final


  Las Siete Partidas demuestran que el Derecho no se destruye, solo se transforma.[3] Alfonso X no inventó un sistema nuevo; "empaquetó" el sistema de control romano para que sobreviviera a la Edad Media.[3] Entender esta obra es entender por qué, 800 años después, seguimos usando las mismas definiciones de contrato y propiedad que usaban los césares.[3]



Fuentes y Referencias:



  Las Siete Partidas (Texto Completo): Edición cotejada con códices antiguos por la Real Academia de la Historia (1807).[1][2] Archivo digital de la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes.[3]

    Enlace: https://www.cervantesvirtual.com/buscador/?q=Las+7+partidas


 Código de las Siete Partidas (Análisis en Inglés): Las Siete Partidas, traducción y análisis de Samuel Parsons Scott (University of Pennsylvania Press).[5][6][7][8] Referencia sobre su impacto en el derecho de Luisiana y EE.UU.

    Enlace (Google Books): https://books.google.es/books?id=Ki-uQgAACAAJ (Opcional: puedes enlazar también a la ficha de la Universidad de Pensilvania).

  Corpus Iuris Civilis (Fuente Romana): El Digesto y las Institutas de Justiniano, base jurídica de la obra de Alfonso X. Texto latino original.

    Enlace: https://droitromain.univ-grenoble-alpes.fr/Corpus/Corpus.htm (Universidad de Grenoble - Referencia académica mundial).


17- El Lenguaje del Agua (Homenaje al Gran Jordan Maxwell)

 





  ¿Alguna vez te has preguntado por qué decimos que alguien "se ahoga" en deudas o que necesita "liquidez"? El lenguaje no es accidental. El sistema financiero y legal actual opera bajo la Ley del Almirantazgo (Derecho Marítimo), y esto se revela descaradamente en el vocabulario que usamos a diario.
  Como popularizó el investigador Jordan Maxwell, las palabras tienen poder y orígen. El dinero es agua, y nosotros somos las naves.



1. El Dinero es Agua (Corriente)


  Todo en economía se mueve como el agua:

  • El dinero es "Corriente" "cuenta corriente" (Currency), como la corriente de un río.
  • El dinero fluye (Flujo de caja / Cash Flow).
  • Los activos deben ser Líquidos (Liquidity).
  • Cuando no tienes dinero, tu cuenta está Seca o Congelada.
  • Los bancos se llaman Bancos (Banks), igual que "bancos de arena" o ribera de un río, que es quien controla el flujo de la corriente (el dinero) donde se emitían los antiguos "certificados" bancarios"

2. El Humano como un Buque: del Agua al Dique Seco


  El sistema nos trata como navíos comerciales en este mar de deuda, trata el nacimiento no como un evento biológico, sino como un evento marítimo comercial. Siguiendo la fonética inglesa (base del comercio global):


  • Romper Aguas: Cuando la madre rompe aguas (Maritime Waters), el bebé desciende por el Canal de Parto (Birth Canal), igual que un barco navega por un canal para entrar a puerto.

  • El Muelle (The Dock): El bebé es recibido por un Doctor (Doc), abreviatura fonética de Dock (Muelle). El médico actúa como el agente portuario que recibe la "mercancía".

  • Atracar (Berth): El nacimiento (Birth) suena idéntico a atracar (Berth). El bebé es un buque que ha atracado en la nación.

  • El Certificado: Como toda mercancía que entra en puerto, debe tener un Manifiesto de Carga. El Certificado de Nacimiento es ese título de propiedad que registra al nuevo "buque" bajo la jurisdicción del Estado.

  • Buque en Dique Seco: Una vez registrado, el ciudadano es considerado un "buque en dique seco" (Vessel in Dry Dock). Aunque camina por tierra firme, legalmente sigue siendo tratado bajo las reglas del Almirantazgo, como un barco que ha sido sacado del agua para ser reparado (o administrado) y gravado por el dueño del astillero (el Gobierno).

  • Si tenemos éxito, tenemos una vida "boyante" (buoyant = que flota).

  • Si fracasamos financieramente, nos hundimos, vamos a la quiebra (shipwreck).

2.1 La Misión del Buque (El Colateral): 


  ¿Por qué el Estado reclama la propiedad de este "buque" recién atracado? Porque tras el abandono del patrón oro, los países operan en quiebra técnica. Necesitan activos tangibles para respaldar su Deuda Pública ante los Bancos Centrales.
  El bebé, mediante su registro, se convierte en el Aval o Garantía (Collateral) de esa deuda nacional. Legalmente, se presume que el ciudadano generará energía (trabajo e impuestos) durante toda su vida para devolver el préstamo que el Estado ha pedido en su nombre. El "buque" no es libre; llega embargado para asegurar la solvencia del puerto.



3. El Legado de Jordan Maxwell  


  Es imposible hablar de etimología legal sin citar a Jordan Maxwell (1940-2022). Fue uno de los pioneros en exponer ante el gran público cómo el Maritime Admiralty Law gobierna las instituciones modernas.

   Maxwell nos enseñó a mirar las palabras no por su definición social, sino por su raíz y fonética. Él nos recordó que la 'Ciudadanía' (Citizenship —que implica el estatus de Taxpayer o contribuyente) es en realidad la condición de pertenecer al 'Barco de la Ciudad' (City-Ship), estructuras que operan como fideicomisos municipales sujetos a la ley del capitán.



Reflexión Final


  El lenguaje crea realidad. Al usar términos marítimos para definir nuestra economía, aceptamos inconscientemente que estamos sujetos a la Ley del Mar: inestable, peligrosa y basada en el comercio. Entender el origen de estas palabras nos ayuda a ver que el sistema bancario no es un servicio público, sino una operación de navegación comercial donde el objetivo es mantener la carga a flote.



Fuentes y Referencias:



  Jordan Maxwell: Matrix of Power: Secrets of World Control (1988).[1] Obra fundamental donde expone la conexión entre los cultos antiguos, la etimología moderna y el sistema legal marítimo.

    Enlace: https://archive.org/details/matrix-of-power-jordan-maxwell (Internet Archive).
    
Black's Law Dictionary (2nd Ed):

Maritime Law: Definición de la ley que gobierna el comercio y la navegación en el mar.[2][3]

    Enlace: https://thelawdictionary.org/maritime-law/


  Vessel (Embarcación): Definición legal de cualquier nave usada para transporte en agua.[4][5] Clave para entender por qué la "Persona" se considera una nave en el comercio.

    Enlace: https://thelawdictionary.org/vessel/

    Etimología Financiera (Etymonline):

  Bank: Del italiano antiguo banca y el alto alemán bank ("banco" o "mesa"), refiriéndose a las mesas de los prestamistas en los mercados medievales.[6]

    Enlace: https://www.etymonline.com/word/bank


  Currency: Del latín currens, participio de currere ("correr" o "fluir").[7][8] Confirma la naturaleza de "flujo" o "corriente" del dinero.

    Enlace: https://www.etymonline.com/word/currency

16- Ley de la Tierra vs. Ley del Mar: El conflicto de jurisdicciones que gobierna el mundo


 

  En el estudio de la iniciativa privada, es vital comprender que existen dos "físicas" legales distintas que operan en el planeta. 
  Por un lado, la Ley de la Tierra (Law of the Land), basada en el Common Law, la costumbre y los derechos de la gente que habita un lugar fijo. 
  Por otro, la Ley del Mar (Admiralty/Maritime Law), basada en el Derecho Civil, el comercio internacional y la dictadura temporal del capitán del barco.
 El problema actual es que la Ley del Mar ha "inundado" la Tierra, imponiendo reglas comerciales a seres que viven en suelo firme.




1. La Ley de la Tierra (Terra Firma)



  Históricamente, es la ley del lugar, de la cultura y de la herencia. En el sistema anglosajón, es el Common Law; en el hispano, son los Fueros y el Derecho Consuetudinario.

  • Característica: Es estable. Se basa en no dañar al prójimo y en el respeto a la propiedad y la tierra.
  • Jurisdicción: Opera sobre hechos reales y daños tangibles, no sobre presunciones.


 


2. Ley del Mar (Admiralty Law)


  El mar es un entorno hostil y cambiante. No hay propiedad privada, el mar es de todos y de nadie ᅳres communes omniumᅳ En un barco, la palabra del Capitán es ley absoluta para sobrevivir.



  • Característica: Es comercial y contractual. Se basa en el movimiento de mercaderías.
  • Jurisdicción: Opera sobre contratos, envíos y seguros. No tiene en cuenta derechos naturales, solo estatutos corporativos.







3. La Invasión: Cuando el mar cubre la tierra


  A través de sistemas como el UCC § (Código Comercial Uniforme), la Ley del Almirantazgo ha salido de los puertos y se ha instalado en los tribunales civiles.
 Hoy en día, cuando entras a un juzgado, aunque estés en tierra física, estás operando en "tierra comercial". El juez actúa como un capitán de barco que administra cuentas y contratos, ignorando a menudo la Ley de la Tierra que protegía los derechos individuales.



Reflexión Final


  Recuperar la jurisdicción de la Ley de la Tierra implica recordar que la ley comercial solo se aplica a ficciones y corporaciones. El Homo Vivo pisa tierra firme; es su "PERSONA" la que navega en las aguas turbulentas del comercio.


Fuentes y Referencias:


  Magna Carta (1215): Cláusula 39.[2] Texto original que establece la Lex Terrae (Ley de la Tierra) como única autoridad para privar de libertad o propiedad a un hombre libre, en contraposición a la voluntad arbitraria del rey.

    Enlace: https://www.nationalarchives.gov.uk/education/resources/magna-carta/british-library-magna-carta-1215-runnymede/ (The National Archives UK).[3][4][5][6][7][8][9][10][11]


  Constitución de los EE.UU.: Artículo III, Sección 2. Texto oficial que distingue explícitamente entre casos de "Ley y Equidad" (Law and Equity) y casos de "Jurisdicción de Almirantazgo y Marítima".

    Enlace: https://constitution.congress.gov/browse/article-3/section-2/ (Congress.gov).[11][12]


  Digesto de Justiniano: Libro 1, Título 8, Fragmento 2 (D. 1.8.2) - Marciano.[7][13][14] Texto original latino que define: "Algunas cosas son comunes a todos por Derecho Natural...".

    Enlace: https://droitromain.univ-grenoble-alpes.fr/Anglica/D1_Scott.htm#VIII (The Roman Law Library - Buscar "Marcianus").


  Institutas de Justiniano: Libro II, Título I (De Rerum Divisione).[15] Confirmación codificada de que el aire, el agua corriente y el mar son res communes omnium por derecho natural.[11][14][16]

    Enlace: https://droitromain.univ-grenoble-alpes.fr/Anglica/JustInst_Scott.htm#BookII (The Roman Law Library - Buscar "Title I").


15- El poder de la tinta azul: Diferencia jurídica entre Firma y Autógrafo



  


  En la era digital, parece que la tinta ha perdido importancia, pero en el mundo del Derecho Comercial y los documentos originales, el color de la tinta sigue siendo un código de autoridad.
  A menudo se nos instruye para firmar documentos bancarios o legales en azul, evitando el negro. ¿Es solo para diferenciar el original de la fotocopia, o hay un significado esotérico y legal más profundo relacionado con el "Homo Vivo"?



1. La razón práctica: El Principio de la "Tinta Húmeda"


  En el ámbito bancario y notarial, existe el concepto de "Wet Ink Signature" (Firma de tinta húmeda).
Históricamente, las fotocopiadoras solo imprimían en negro. Si firmabas en negro, era difícil distinguir a simple vista si el documento era el original (el título valor) o una copia sin valor.
  Firmar en azul (o incluso en púrpura en la realeza) certifica visualmente que ese documento es el original, el que tiene el valor comercial. En el Almirantazgo, el original es el "cuerpo" del delito o del contrato; la copia es papel mojado.


2. Firma (Sign) vs. Autógrafo (Autograph)


  Aunque usamos las palabras indistintamente, en la estricta etimología jurídica no son lo mismo:


  La Firma (Sign): Viene del latín Signum (Señal/Signo). Es una marca artificial. Una "Persona Jurídica" (Corporación) no tiene manos, así que necesita un agente que haga un "signo" en su nombre.   Generalmente, cuando firmas como la "PERSONA" (DNI), estás validando una ficción.


  El Autógrafo: Viene del griego Autos (Uno mismo) y Graphos (Escritura). Es la escritura de puño y letra del ser vivo.
  En los círculos de ilustrados, se dice que la Persona firma (cumple una función corporativa), pero el Homo Vivo autografía (da vida al documento con su propia mano).


3. El Simbolismo del Azul y el Negro


  En la simbología legal oculta:

  • Negro: Es el color de la muerte, del luto y de las corporaciones (letras muertas en papel muerto).
  • Azul: Representa el agua (Derecho Marítimo), pero también la sangre venosa, la vida y el cielo.
  • Rojo: Representa la sangre arterial, la vida pura y homo privado (usada tradicionalmente por reyes o hombres libres para indicar que están vivos y sobre la ley).
  • Por eso, usar azul es el término medio: indica que hay un ser vivo "navegando" en el contrato, diferenciándose del negro muerto del texto impreso.


Reflexión Final


  La próxima vez que tengas un bolígrafo en la mano, observa el color. El sistema prefiere el azul para asegurarse de que tiene el original (el valor), pero intenta que actúes como una entidad muerta.   Reclamar tu capacidad de "autografiar" en lugar de simplemente "signar" es un pequeño acto de consciencia sobre quién tiene realmente el poder en el contrato: la mano que sostiene la pluma.


Fuentes y Referencias:



  National Notary Association (NNA): Artículo sobre la distinción entre "Firma de tinta húmeda" (Wet Ink) y firmas electrónicas, y la importancia del original en documentos legales.

    Enlace: https://www.nationalnotary.org/notary-bulletin/blog/2016/09/electronic-signatures-vs-wet-ink-signatures


  Black's Law Dictionary (2nd Ed): Definición legal de "Signature". Nótese que la definición implica "un signo o marca", no necesariamente la escritura del nombre propio de puño y letra (que sería el autógrafo).

    Enlace: https://archive.org/details/lawdictionarycon00blac/page/1094/mode/2up?q=signature


UCC § 3-401 (Cornell Law School): Texto oficial del Código Comercial Uniforme sobre la "Firma" (Signature). Establece que una persona no es responsable de un instrumento a menos que lo haya firmado (o su representante).

    Enlace: https://www.law.cornell.edu/ucc/3/3-401



UCC § 3-401 (b) - Firma: Texto oficial que establece que una firma puede hacerse "manualmente o mediante un dispositivo" y usando "cualquier nombre, nombre comercial, palabra, marca o símbolo".

    Enlace: https://www.law.cornell.edu/ucc/3/3-401


UCC § 1-201 (37) - Definición de "Firmado": Define legalmente que firmar incluye "el uso de cualquier símbolo ejecutado o adoptado con la intención presente de adoptar o aceptar un escrito".

    Enlace: https://www.law.cornell.edu/ucc/1/1-201#Signed




14- El Fideicomiso Romano (Fideicommissum) El orígen de la gestión de bienes ajenos

 



  Antes de que existiera el Trust anglosajón o la Bula Papal, Roma inventó una figura jurídica para encajar en su ordenamiento jurídico ciertos casos rígidos de sucesiones: el Fideicommissum.
   A diferencia del testamento rígido, el fideicomiso romano se basaba en la Fides (Fe/Confianza). Era un ruego, no un mandato legal al principio.



1. El Origen: Tratar casos de sujetos fuera de la Ley de Sucesiones

  En Roma, mucha gente (extranjeros, exiliados) no tenían "capacidad jurídica" para heredar. Para solucionar esto, el testador dejaba sus bienes a un ciudadano romano capaz (Fiduciario) con el ruego de que se los entregara al verdadero destinatario (Fideicomisario).
  Fue el Emperador Augusto quien le dio fuerza legal a estos "ruegos", creando el primer sistema codificado donde una persona posee algo legalmente, pero en beneficio de otra.

 

2. Diferencia con el Trust Moderno


  Aunque parecidos, el Fideicommissum romano no dividía la propiedad en dos (Legal/Equitativa) como el Trust inglés. Sin embargo, sentó la base psicológica: usar a un tercero (hombre de paja o administrador) para gestionar bienes que, por ley, no deberían estar ahí.



Reflexión Final



  El fideicomiso nació como una herramienta de elusión y confianza. Comprender que Roma ya usaba intermediarios para gestionar patrimonios nos ayuda a ver que la estructura actual de "Administradores Estatales" no es nueva; es una adaptación imperial de la vieja Lex Scripta.

   Fuentes de Derecho:


  Institutas de Justiniano: Libro II, Título 23 (De Fideicommissariis hereditatibus). Establece la legalidad de los legados en confianza.

    Enlace: https://droitromain.univ-grenoble-alpes.fr/Anglica/JustInst_Scott.htm#BookII (Busca el Título XXIII).


Institutas de Gayo: Libro II (Cosas y Testamentos). Comentarios específicos sobre el origen y la evolución de los fideicomisos (Secciones 246-289).

    Enlace: https://droitromain.univ-grenoble-alpes.fr/Anglica/Gaius2_Scott.htm (Ir a la sección "On Fiduciary Bequests").

13- La Bula Unam Sanctam (1302): El primer Fideicomiso Global de la historia

 

                                                             Retrato del Papa Bonifacio VIII    


                                                                                       

  Si rastreamos el origen del sistema legal occidental hasta su raíz más profunda, más allá de los códigos civiles y la ley del Almirantazgo, nos encontramos con el Derecho Canónico.
  El 18 de noviembre de 1302, el Papa Bonifacio VIII promulgó la Bula "Unam Sanctam". Aunque se estudia como un texto religioso, los historiadores del Derecho lo analizan como el documento legal que estableció el primer Fideicomiso (Trust) Global, reclamando la propiedad y jurisdicción sobre todas las  almas y criaturas vivientes de la Tierra, todo en nombre de Dios.



1. La Doctrina de las "Dos Espadas"



  La Bula declara que existen dos espadas: la espiritual y la temporal.

  La espada espiritual: Está en manos del Papa.

  La espada temporal (terrenal): Está en manos de los reyes y soldados, pero debe usarse bajo la orden y permiso de la autoridad espiritual.
  Jurídicamente, esto estableció que no existe poder en la Tierra (ni reyes ni gobiernos) que no esté subordinado a esta jurisdicción suprema. Fue la declaración de soberanía absoluta sobre el mundo físico y espiritual.



2. La Estructura del Fideicomiso Original


  Los expertos analizan la Unam Sanctam como la creación del primer fideicomiso planetario:

  • El Fideicomitente (Grantor): La Divinidad (según la interpretación papal).
  • El Fideicomisario (Trustee): El Pontífice y su estructura administrativa. Bank of Vatican.
  • El Beneficiario: Las almas humanas (que, bajo esta doctrina, son incapaces de administrarse a sí mismas sin la guía de la Iglesia).


 Este documento sentó el precedente legal de que los humanos son "propiedad" bajo administración divina, un concepto que luego evolucionaría hacia el Cestui Que Vie Trust de 1666, donde el Estado asume esa administración.



3. La "Tiara" y el Control Total


  Simbólicamente, esta autoridad se representa en la Tiara Papal (el Triregno). Algunos teóricos jurídicos asocian sus tres coronas con los tres derechos fundamentales que se reclaman sobre el individuo:


  • Control sobre el Espíritu.
  • Control sobre el Alma.
  • Control sobre el Cuerpo (y sus bienes).


  Bajo esta interpretación, cuando uno se identifica con su "Persona Jurídica" (creada por el Estado), está operando dentro de este fideicomiso ancestral, aceptando ser un súbdito administrado en lugar de un ser un administrador autorizado.



Reflexión Final


  La Bula Unam Sanctam nunca ha sido revocada oficialmente. Sigue siendo la base dogmática de la supremacía jerárquica en el Derecho occidental. Comprender este documento es comprender que el sistema de control actual no es solo político o económico, sino que tiene una raíz teológico-jurídica que lleva más de 700 años reclamando la titularidad de tu existencia.



 Fuentes y Referencias:


  Texto Original (Latín/Inglés): Unam Sanctam, Bull of Pope Boniface VIII (1302). Texto completo en el Medieval Sourcebook de la Universidad de Fordham.

    Enlace: https://sourcebooks.fordham.edu/source/b8-unam.asp


  Corpus Iuris Canonici: Definición y estructura del cuerpo legal canónico donde se integraron las decretales y bulas papales.

    Enlace: https://www.newadvent.org/cathen/04391a.htm


  Enciclopedia Católica: Entrada detallada sobre la Bula Unam Sanctam, su contexto teológico y el conflicto histórico con el Rey Felipe IV de Francia.

    Enlace: https://www.newadvent.org/cathen/15126a.htm

12- La letra de cambio y el pagaré: Historia de los títulos valor

 




  La mayoría de la gente cree que paga sus compras con dinero. Sin embargo, bajo la estricta definición del Derecho Comercial y la Ley del Almirantazgo, hace décadas que no utilizamos "dinero" en el sentido clásico de especie metálica... (sustancia real como oro o plata). Lo que circulamos son promesas de pago.

  Para entender la economía actual, debemos estudiar a los padres del sistema bancario: la Letra de Cambio (Bill of Exchange) y el Pagaré (Promissory Note).



1. La Letra de Cambio (Bill of Exchange)


  Nacida en la Edad Media para evitar transportar oro por caminos peligrosos, la Letra de Cambio es una orden incondicional escrita por una persona (librador) exigiendo a otra (librado) pagar una suma a un tercero.


  Su importancia hoy: El sistema bancario internacional se mueve mediante transferencias electrónicas que son, jurídicamente, letras de cambio digitales. Cuando escribes un cheque o haces una transferencia, no estás moviendo valor real; estás moviendo órdenes de pago sobre libros contables.


  En España los instrumentos financieros se regularon mediante la Ley Cambiaria y del Cheque de 1985
que es básicamente una copia de la Bill of Exchange Act 1882 británica y que se distingue aquella a menudo no por lo que dice si no por lo que no dice.


2. El Pagaré (Promissory Note)


  A diferencia de la letra (que es una orden de pago), el Pagaré es una promesa. "Yo prometo pagar a X la cantidad de Y".

 Aquí está el secreto mejor guardado: Los billetes de banco modernos (Dólar, Euro) son técnicamente Pagarés.

 Si miras un billete de dólar antiguo, decía: "Will pay to the bearer on demand" (Pagará al portador cuando lo pida). Era una promesa de entregarte oro.

 Hoy, los billetes son Pagarés de Deuda Perpetua. Son títulos de crédito sobre la deuda nacional. Al usarlos, no estás "pagando" (extinguiendo la deuda); estás "circulando" la deuda de una mano a otra.

En U.S. los billetes son literalmente 'Federal Reserve Notes' (Pagarés de la Reserva Federal).



3. La distinción entre "Pago" y "Descarga"


 Bajo el Código Comercial Uniforme (UCC), como ya no hay oro para respaldar la moneda, es matemáticamente imposible "pagar" (Pay) una deuda definitivamente. Solo se puede "descargar" (Discharge).


 . Pagar: Entregas sustancia (oro/plata). La transacción termina

 . Descargar: Entregar un papel que representa valor. La deuda no desaparece, solo se transfiere.

 Vivimos en un sistema de pagarés flotantes donde nadie es dueño de nada, porque nadie ha pagado realmente por nada; solo hemos intercambiado promesas de pago del Estado.



Reflexión final



  Entender la naturaleza jurídica de los Títulos Valor (Negotiable Instruments) nos ofrece una perspectiva diferente sobre la economía global. Desde el punto de vista del Derecho Comercial y el análisis del balance bancario, algunos expertos sostienen que la firma del cliente es el activo real que da origen al crédito.


  Bajo esta interpretación, el proceso de 'monetización de la deuda' implica que el sistema bancario utiliza la promesa de pago del cliente (el pagaré) como la base para la creación de dinero en cuenta. Comprender este mecanismo transforma nuestra visión de las finanzas: pasamos de ver el dinero como un objeto físico a entenderlo como un sistema contable de obligaciones mutuas regulado por la Ley del Almirantazgo.



     
                                                    Billete de 1 dólar con la inscripción: Payable to the bearer on demand


Nota: Este artículo es un análisis histórico y teórico sobre el origen de los instrumentos financieros y no constituye asesoramiento legal ni financiero profesional.



Fuentes y Referencias:


    Reino Unido (Base Histórica): Bills of Exchange Act 1882. La ley madre que definió la letra de cambio moderna.

    Enlace: https://www.legislation.gov.uk/ukpga/Vict/45-46/61


  EE.UU. (Derecho Comercial): Uniform Commercial Code (UCC) Article 3. Regulación de los Instrumentos Negociables y Pagarés (Promissory Notes).

    Enlace: https://www.law.cornell.edu/ucc/3


  España (Legislación Vigente): Ley 19/1985, Cambiaria y del Cheque. El marco legal que regula estos títulos valores en territorio español.

    Enlace: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-14160

11- ¿Qué significa la bandera con flecos dorados en un tribunal?

 

 
                                     Bandera con flecos dorados típica en tribunales de jurisdicción marítima

                                     


  En el estudio del Derecho, los símbolos no son decorativos; son definiciones de autoridad. Uno de los debates más intensos en el ámbito del Derecho Administrativo y el Almirantazgo gira en torno a un objeto presente en casi todas las salas de justicia modernas: la bandera con bordes o flecos dorados (Gold Fringe Flag).
  ¿Es mera decoración o indica un cambio fundamental en la jurisdicción del tribunal? Para entenderlo, debemos mirar los reglamentos militares y marítimos.


1. La Bandera Civil vs. La Bandera Militar


  Según los códigos de banderas (como el Título 4 del Código de EE.UU. o los reglamentos de heráldica internacional), una bandera nacional estándar tiene cuatro lados y ningún adorno. Representa la Ley de la Tierra (Law of the Land) y La Constitución.
  Sin embargo, la adición de un fleco dorado cambia su naturaleza heráldica. Históricamente, el fleco dorado se asocia con:


  • Estandartes Militares: Usados en campos de batalla.
  • Jurisdicción Marítima: Usada por el Almirantazgo.


2. El significado del "Recinto Cerrado"


  Cuando entras en un tribunal y ves la bandera con flecos, los expertos en jurisdicción sostienen que estás entrando en un enclave extranjero.
  Al igual que una embajada o un barco, ese tribunal opera bajo reglas especiales. El fleco indica que la sala no está operando bajo el Derecho Consuetudinario (Common Law) o Constitucional, sino bajo la Ley Mercante y el Almirantazgo.
  En términos simples: la bandera anuncia que, dentro de esas cuatro paredes, rige la ley del contrato y el comercio, no la ley de los derechos civiles.


3. La Suspensión de la Constitución


  Si el tribunal opera bajo bandera militar/marítima, el juez no actúa como un juez constitucional, sino como un "Capitán de Barco" o un banquero. Tiene poder sumario y discrecional.
  Esto explicaría por qué en muchos procedimientos administrativos modernos se ignoran derechos básicos: porque al cruzar la barra del tribunal (The Bar), has entrado en una jurisdicción comercial donde la Constitución queda "suspendida" en favor de los estatutos de la corporación.



Observación final


  Los símbolos hablan un lenguaje silencioso pero legalmente vinculante. La presencia del fleco dorado es, para muchos juristas investigadores, la advertencia visible de que el tribunal ha cambiado de jurisdicción: de la tierra al mar, de lo público a lo comercial. Saber leer la sala es tan importante como saber leer la ley.


Fuentes y Referencias:


  Título 4 del Código de los Estados Unidos (4 U.S.C. § 1): Define la bandera americana estándar. Es crucial notar que la ley describe las estrellas y barras, pero no menciona en ningún lugar bordes o flecos dorados. Esto sustenta el argumento de que la bandera con flecos es una alteración no estatutaria de la bandera civil.

    Enlace: https://www.law.cornell.edu/uscode/text/4/1


  Army Regulation 840-10 (Reglamento del Ejército): Capítulo 2. Este documento militar estipula explícitamente el uso de flecos dorados para la bandera nacional en ceremonias militares y tribunales marciales, vinculando el símbolo directamente a la jurisdicción castrense.

    Enlace: https://armypubs.army.mil/epubs/DR_pubs/DR_a/pdf/web/r840_10.pdf


  Orden Ejecutiva 10834: Firmada por el Presidente Eisenhower. Establece las proporciones exactas de la bandera. No autoriza el uso de flecos en la bandera oficial del gobierno, dejándolos como un añadido de uso específico (militar/admiralty).

    Enlace: https://www.archives.gov/federal-register/codification/executive-order/10834.html

10- El Hombre de Paja (Strawman): Tu doble corporativo y el nombre en MAYÚSCULAS

 




  En el mundo del Derecho Comercial y el Almirantazgo, nada es lo que parece. Cuando recibes una notificación del banco, una multa de tráfico o una sentencia judicial, notarás un detalle tipográfico que pasa desapercibido para la mayoría: tu nombre suele estar escrito completamente en MAYÚSCULAS.
  Esto no es un error de imprenta ni una cuestión de estilo. En el lenguaje legal, esto denota una entidad muy específica: el Hombre de Paja (Strawman), también conocido legalmente como la Ficción Jurídica o Ens Legis.



1. ¿Qué es un "Hombre de Paja"?


  El término proviene de una antigua práctica legal donde un individuo sin propiedades se presentaba en la corte para "asumir la culpa" o garantizar la fianza de otro, a cambio de un pago. Como un espantapájaros, parecía un hombre, pero no tenía sustancia ni valor real dentro.
  En el sistema moderno, el Hombre de Paja es la entidad artificial creada por el Estado mediante el Certificado de Nacimiento. Es una empresa unipersonal que lleva tu mismo nombre, pero que no eres tú.

  • Tú (Homo Vivo): Tienes conciencia, cuerpo y derechos naturales.
  • El Strawman (Ficción): Tiene deberes, deudas y obligaciones estatutarias.

1.1 La Diferencia Técnica "testaferro vs. hombre de paja"

  El Testaferro (Hombre de Paja "físico"):
 Es otra persona de carne y hueso (o una sociedad pantalla) que tú utilizas voluntariamente para ocultar tus bienes.

Ejemplo: Pones el coche a nombre de tu primo para que no te lo embarguen. Tu primo es el testaferro. Es un tercero.


  El "hombre de paja (strawman)
Es una entidad que eres tú mismo (o tu sombra legal). No es un tercero. Es la "carcasa" que el Estado crea con tu nombre para poder cobrarte impuestos sin tu consentimiento.

Ejemplo: El DNI "JUAN RODRÍGUEZ". No es un tercero, es tu "doble".

Resumen:

  • Testaferro: Alguien que tú buscas para engañar al sistema (o protegerte).
  • Strawman: Algo que el sistema crea para administrarte a ti.

2. El Misterio de las MAYÚSCULAS (Capitis Deminutio)


¿Por qué "JUAN RODRÍGUEZ" no es lo mismo que "Juan Rodríguez"?
En la gramática inglesa y en los manuales de estilo jurídico antiguos (como el Chicago Manual of Style), escribir un nombre propio en mayúsculas sostenidas lo transforma en una corporación o un título.
  En el Derecho Romano, esto se vincula al concepto de Capitis Diminutio Maxima (Disminución máxima de derechos). Al cambiar la grafía del nombre, se cambia el estatus: de un ser libre "administrador autorizado" con derechos naturales a una entidad corporativa sujeta a la ley estatutaria y comercial. Cuando te identificas con el nombre en mayúsculas, aceptas actuar como la corporación, asumiendo todas sus deudas.


3. La Función del Doble Corporativo


  El Estado y los Bancos operan en jurisdicción comercial (ficción). No pueden interactuar con la realidad biológica (tú). La electricidad no puede interactuar con el agua directamente sin un conductor.
El Hombre de Paja es esa interfaz.
  El sistema "carga" la energía (deuda, impuestos, multas) sobre el Hombre de Paja. Si tú, el homo vivo, aceptas ser el representante autorizado de esa entidad sin protestar, aceptas pagar la cuenta. El secreto radica en saber distinguir cuándo te están hablando a ti y cuándo están notificando a tu empresa de nombre similar.

Reflexión final


  El Hombre de Paja es el vehículo que usamos para conducir por las carreteras del comercio. Es útil y necesario (para tener cuenta bancaria o pasaporte), pero es peligroso si olvidamos que es solo un vehículo. Tú eres el conductor, no el coche. La próxima vez que veas tu nombre en MAYÚSCULAS en un documento legal, recuerda: no te escriben a ti, le escriben a la ficción.


Fuentes y Referencias:


Black's Law Dictionary (2nd Ed.): Definición de "Straw Man". Describe a un "hombre de frente" (front man) o tercero nominal usado para transacciones donde el verdadero interesado quiere permanecer oculto.

       Enlace: https://archive.org/details/lawdictionarycon00blac/page/1112/mode/2up?q=straw+man


Black's Law Dictionary: Definición de "Ens Legis". Define a la "criatura de la ley" o entidad artificial creada por el Estado, en contraposición al ser natural.

       Enlace: https://archive.org/details/lawdictionarycon00blac/page/426/mode/2up?q=ens+legis


Institutas de Gayo (Derecho Romano): Libro I, Título IV. Sobre la "Capitis Diminutio". Define la pérdida de estatus o capacidad jurídica (máxima, media o mínima) que sufría un ciudadano romano al cambiar su estado de libertad o ciudadanía.

      Enlace (Texto académico): https://droitromain.univ-grenoble-alpes.fr/Anglica/Gaius1_Scott.htm (Buscar sección 159-160).


     Manual de Estilo de la GPO (EE.UU.): U.S. Government Printing Office Style Manual. Establece que los nombres de corporaciones y entidades gubernamentales se escriben en mayúsculas (Capitalization rules), diferenciándolos de los nombres propios naturales en textos legales.

La Ley Escrita vs. El Derecho Natural: El conflicto jurídico que nació en Roma

21- Análisis Histórico-Jurídico: La Génesis Castellana de la Jurisdicción del Almirantazgo (Sevilla, 1250)

    La historiografía jurídica contemporánea tiende a situar erróneamente el nacimiento del Derecho del Almirantazgo (Admiralty Law) exclusi...