La Lex Scripta vs. Derecho Natural: el conflicto jurídico que nació en Roma

Diferencia entre Ley Escrita y Derecho Natural


A menudo confundimos la legalidad con la justicia. Vivimos bajo un sistema de reglas codificadas, pero ¿alguna vez te has preguntado de dónde vienen? En este artículo exploraremos la tensión histórica entre la Ley Escrita (Lex Scripta) y el Derecho Natural (Ius Naturale), un conflicto que comenzó en la Antigua Roma y que sigue afectando a tu libertad hoy en día bajo el sistema comercial actual. 



1- Precisiones Conceptuales Necesarias:


  Antes de avanzar, es vital despejar tres confusiones habituales que contaminan el estudio del derecho hoy en día:

1.1 El origen romano del Derecho Natural 


  A menudo se comete el error de pensar que los Derechos Naturales nacieron con el Common Law inglés o la Ilustración. Falso. El concepto de Ius Naturale nace en la filosofía estoica y se cristaliza en la Antigua Roma, más de 1.000 años antes de que existiera el derecho inglés. Fue Roma quien primero distinguió entre lo que es justo por naturaleza y lo que es justo por ley civil.

1.2 "Common Law" no es "Ley Común"

  Existe una mala traducción extendida que llama al sistema anglosajón "Ley Común". En la tradición jurídica hispana y europea, el "Derecho Común" (Ius Commune) se refiere históricamente a la fusión medieval del Derecho Romano y Canónico.
  El sistema anglosajón debe llamarse Common Law o Derecho Consuetudinario. Traducirlo literalmente crea una confusión histórica grave ya que el Common Law tiene sus propias singularidades y doctrinas que poco se asemejan con el Derecho Común europeo y español en concreto.

1.3 Ley Natural vs. Lex Scripta

  No debemos confundir "Ley Natural" con un reglamento escrito.

  - Ley Natural: No es Lex Scripta (Ley Escrita). No está en ningún papel. Es Lex Non Scripta. Son principios inherentes, inmutables y universales (como la gravedad o el derecho a la vida) que no necesitan ser legislados para existir.


 - Derecho Positivo: Es la Lex Scripta. Es el intento (a menudo fallido) del hombre de codificar reglas de convivencia.
  El conflicto surge cuando la Lex Scripta viola la Ley Natural.




Respaldo Jurídico y Etimológico:

Sobre el origen romano del Derecho Natural:

  • Fuente: Marco Tulio Cicerón, De Republica, Libro III, Sección 22.
  • Cita: "Existe una ley verdadera, que es la recta razón en armonía con la naturaleza... No es una ley en Roma y otra en Atenas, una ahora y otra después...". Esto demuestra que el concepto es romano y anterior al derecho inglés.

Sobre la confusión "Common Law" vs. "Derecho Común":

  • Referencia Histórica: En la historia del derecho europeo, el término "Ius Commune" (Derecho Común) se refiere estrictamente a la recepción medieval del Derecho Romano de Justiniano en el continente europeo (S. XII-XV).
  • Distinción: El sistema inglés (English Common Law) se desarrolló aislado de este Ius Commune. Traducir Common Law como "Ley Común" es un error de falso amigo lingüístico que mezcla dos sistemas opuestos.

Sobre Lex vs. Ius:

  • Fuente: Digesto de Justiniano (D. 1.1.1).
  • Definición: Celso define el Derecho (Ius) como "el arte de lo bueno y lo equitativo", vinculándolo a la moral y la justicia, diferenciándolo de la mera norma escrita (Lex) que es la herramienta de gobierno.


1. ¿Qué es el Derecho Natural?


  El Derecho Natural (o Ius Naturale) se refiere a un conjunto de principios universales que son inherentes a la naturaleza humana y que pueden ser comprendidos a través de la razón. A diferencia de las leyes creadas por los gobiernos, estos derechos no son otorgados por ninguna autoridad humana; se poseen por el simple hecho de haber nacido.


  Históricamente, filósofos como Cicerón argumentaban que la "Ley Verdadera" es la recta razón en armonía con la naturaleza. Ejemplos de esto son el derecho a la vida, a la libertad de pensamiento y a la autodefensa. Ningún estatuto o código comercial debería, en teoría, violar estos principios fundamentales.

2. El nacimiento de la Ley Escrita en Roma


  Todo cambió con la introducción de la Lex Scripta (Ley Escrita). En la antigua Roma, la plebe exigía saber bajo qué reglas se les juzgaba, ya que los patricios interpretaban la ley a su antojo. Así nacieron las XII Tablas.


  Aunque esto pareció un avance, también creó una distinción peligrosa: la ley dejó de ser algo "sentido" o "moral" para convertirse en algo "técnico" y "codificado". Al escribir la ley, se creó un contrato: solo estás protegido por lo que está escrito estrictamente en el código, perdiendo a menudo la protección del sentido común o la justicia natural.


3. La transición hacia el control comercial


  Con el paso de los siglos, este concepto romano evolucionó. La estructura legal rígida de Roma se fusionó con las necesidades del comercio marítimo. Así, la Ley Civil y el Derecho Marítimo empezaron a tratar a las personas no como seres vivos con alma, sino como entidades corporativas o "ficciones legales" capaces de hacer contratos.
  Hoy en día, el Código Comercial Uniforme (UCC) yes el heredero de esta tradición: un sistema donde todo es un contrato y donde la Ley Escrita ha desplazado casi por completo al Derecho Natural en los tribunales modernos.


Reflexión final

La Soberanía es Responsabilidad


  Entender este mapa de identidad tiene un doble propósito.
Por un lado, jurídico: Cuando un juez llama a tu PERSONA, no llama a tu alma, llama a la ficción para cobrar una deuda comercial. Saber distinguir esto te libera de la esclavitud contractual.

  Pero por otro lado, espiritual: La verdadera libertad no es la impunidad ni la astucia para esconderse tras los arbustos después de dañar a un tercero. Eso es inmadurez. El verdadero Homo Vivo y Alma Viviente se caracteriza por su Integridad.
  La meta final no es solo escapar de la jurisdicción del Estado, sino elevarse a un nivel de consciencia donde la vigilancia policial sea innecesaria porque tú mismo te gobiernas bajo la Ley Divina. Solo quien es capaz de reconocer y reparar sus propios errores voluntariamente (Honor) merece ser libre de la tutela del Estado.


Fuentes y Referencias:

  • Las XII Tablas (Lex Duodecim Tabularum): La primera codificación del derecho romano (c. 450 a.C.), base de la Lex Scripta.
  • Cicerón: De Republica, Libro III, Sección 22 (Sobre la "Ley Verdadera" como la recta razón en armonía con la naturaleza).
  • Institutas de Justiniano: Libro 1, Título 2 (De Iure Naturali, Gentium et Civili) - La distinción oficial entre Derecho Natural, de Gentes y Civil.
  • Black's Law Dictionary: Definición de Lex Scripta (Ley escrita/estatutaria) frente a Lex Non Scripta (Derecho Común/Consuetudinario).

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