Legal vs. Legítimo (Legal vs. Lawful): La trampa lingüística entre la Lex y Ius

 


En el mundo jurídico, las palabras son armas. A menudo usamos "legal" y "lícito" (o legítimo) como sinónimos, pero en la raíz del Derecho, son conceptos opuestos.
Como bien señalas, un Estado puede decretar que intervenir precios es "legal" (está escrito en el BOE o estatuto), pero eso no lo convierte en "legítimo" (conforme a la justicia natural). Entender esta dualidad, conocida en el derecho anglosajón como Legal vs. Lawful, es vital para despertar.


1. La raíz etimológica: Lex vs. Ius


  Para entender la trampa, volvamos al latín:


  • Legal (proviene de, refiere a la ley escrita, estatutos, reglamentos y códigos creados por el hombre (o el Estado). Es la forma, el ritual, el papel. Algo es legal simplemente porque el Parlamento lo escribió.
  • Legítimo (proviene de Ius): Se refiere al Derecho, a la Justicia, a lo que es correcto por naturaleza. Está ligado a la sustancia y a la moral.
  • La contradicción: La esclavitud fue "legal" durante siglos, pero nunca fue "legítima" ni lícita bajo la Ley Divina. El sistema actual opera casi exclusivamente en el terreno de lo Legal (Legalese), ignorando lo Legítimo.

2. "Legalese" (el lenguaje Forense)


  El sistema utiliza un lenguaje codificado llamado Legalese (jerga legal) que suena a español o inglés, pero no lo es.
  Cuando un juez te pregunta "¿Entiende usted los cargos?", en legalese podría estar preguntando "¿Se somete usted (stand under) a nuestra jurisdicción?".
  Al responder con palabras comunes a términos legales definidos estatutariamente, caemos en la trampa de aceptar contratos invisibles.


3. Mecanismos de Defensa: ¿Cómo protegerse de la Lex injusta?


  Si vivimos en un estado/país intervencionista que utiliza la Lex (ley escrita) para vulnerar el Ius (derechos naturales), ¿qué herramientas le quedan al individuo? La historia del Derecho nos ofrece tres escudos fundamentales:


El Desafío de Jurisdicción:
  Antes de defenderse del "delito" o la "multa", uno debe cuestionar la autoridad del tribunal o la agencia. La pregunta clave no es "soy inocente", sino "¿Tiene esta agencia comercial jurisdicción sobre un ser vivo que no ha dañado a nadie?". Si no hay parte lesionada (Corpus Delicti), la jurisdicción del Estado suele ser puramente contractual. Sin contrato válido, no hay caso.


La Aceptación Condicional:
  En el Derecho Comercial, discutir crea controversia, y la controversia da poder al juez. La estrategia defensiva más potente no es negar, sino aceptar condicionalmente.
Ejemplo: "Acepto su reclamación/multa, . Como ese contrato rara vez existe, la reclamación del Estado queda en un limbo legal.


La Reserva de Derechos (UCC 1-308):
  Es la herramienta para firmar sin quedar atrapado. Al firmar un documento forzoso (como una multa o un trámite burocrático) añadiendo la frase "Sin Perjuicio" (Without Prejudice), estás declarando legalmente que tu firma no implica la renuncia a tus derechos fundamentales y que no aceptas el contrato de adhesión invisible. Es tu salvavidas para mantenerte en el terreno del Ius mientras navegas por la Lex.



4. La Lex Non Scripta: La supremacía de lo no codificado


  Para cerrar el círculo, debemos definir qué son la Ley Divina y la Ley Natural en términos de formato. Son, por definición, Lex Non Scripta (Ley No Escrita).

  La Ley Escrita (es finita, rígida y territorial. Necesita papel y tinta para existir porque no es evidente por sí misma.


  La Ley No Escrita (Lex Non Scripta): Es la Ley Divina, eterna. No necesita códigos porque es inherente a la mecánica del universo.
  La gran falacia del positivismo jurídico es creer que si una ley no está escrita, no existe. Al contrario: la ley más poderosa es aquella que no necesita escribirse para ser obedecida (como la gravedad), pues su jurisdicción es absoluta y no depende del capricho de ningún legislador.


5. La Prueba de la Reciprocidad: ¿Es la Ley subjetiva?


  A menudo se argumenta que la Ley Natural es difusa porque no todos los humanos parecen tener el mismo entendimiento del "bien". Sin embargo, la Ley Natural no depende de que el individuo la obedezca, sino de que es universalmente exigible.

  La Propiedad es Vida: Dañar las pertenencias de otro es dañar su vida, pues le estás robando el tiempo y la energía que invirtió en obtenerlas. El robo es una agresión directa al Homo Vivo, no una mera falta administrativa.


  La Prueba del Ladrón: La prueba de que esta ley es objetiva es la Reciprocidad. Incluso el ladrón que roba, apela inmediatamente a la Ley Natural cuando alguien intenta robarle a él. Conoce la ley perfectamente cuando es la víctima, lo que demuestra que la ley existe en su conciencia, aunque él decida violarla por codicia. De ahí el dicho: "piensa el ladrón que todos son de su condición".


Reflexión final

  Cuando entras a un tribunal y respondes al nombre de tu DNI, estás aceptando ponerte la máscara (Persona). Pero tu verdadera naturaleza, la de Alma Viviente sujeta solo a la Ley Divina, está fuera de su jurisdicción. Recuperar la consciencia de quiénes somos realmente es el acto jurídico y espiritual definitivo para desarrollar la autosoberanía interior.

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